El Canciller aclara que es incorrecta la afirmación de que el país ha cambiado recientemente su política de ciudadanía incluyendo la discriminación contra los haitianos con carácter retroactivo.
“La Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana ha dictaminado en varias ocasiones acerca del tema de los hijos de inmigrantes ilegales, cualquiera que sea su origen, lo que confirma que si aquellos hijos nacidos de padres legalmente en tránsito, están excluidos de forma automática de obtener la nacionalidad, los hijos de aquellos que no pueden justificar su entrada legal o estancia en el país no pueden beneficiarse de un derecho mayor”, puntualiza.
Señala que la “apatriación” aquí no está en discusión, pues el artículo 11 de la Constitución haitiana establece que "Toda persona nacida de padre haitiano o madre haitiana, que sean haitianos de origen y que nunca hayan renunciado a su nacionalidad, poseen la nacionalidad haitiana al momento de su nacimiento”.
“La Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana ha dictaminado en varias ocasiones acerca del tema de los hijos de inmigrantes ilegales, cualquiera que sea su origen, lo que confirma que si aquellos hijos nacidos de padres legalmente en tránsito, están excluidos de forma automática de obtener la nacionalidad, los hijos de aquellos que no pueden justificar su entrada legal o estancia en el país no pueden beneficiarse de un derecho mayor”, puntualiza.
Señala que la “apatriación” aquí no está en discusión, pues el artículo 11 de la Constitución haitiana establece que "Toda persona nacida de padre haitiano o madre haitiana, que sean haitianos de origen y que nunca hayan renunciado a su nacionalidad, poseen la nacionalidad haitiana al momento de su nacimiento”.

Conectar
Registrar
Ayuda
Lugares de la Web





